Suspender la Ley Karin por cinco años: corregir fallas no puede significar quitar protección
Una moción parlamentaria que propone suspender durante cinco años la Ley Karin abrió una señal de alarma para trabajadoras y trabajadores. La iniciativa está en primer trámite constitucional y no ha modificado la legislación vigente: la Ley N.º 21.643 continúa plenamente aplicable.
El proyecto, presentado por siete diputados y radicado en la Comisión de Trabajo de la Cámara, busca suspender las reglas de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Durante ese período volvería el marco anterior al 1 de agosto de 2024, aunque se mantendrían los derechos adquiridos y continuarían los procedimientos ya iniciados.
Sus autores argumentan que el sistema está sobrecargado, que las investigaciones exceden con frecuencia el plazo de 30 días y que parte de las denuncias corresponde a conflictos laborales distintos del acoso. El Ejecutivo, paralelamente, estudia ajustes reglamentarios, entre ellos un filtro de admisibilidad y requisitos mínimos para tramitar denuncias.
Los problemas de gestión existen y deben corregirse, pero suspender la ley trasladaría el costo institucional a quienes necesitan protección. Una demora administrativa no convierte el acoso en un problema menor ni justifica retroceder al estándar anterior. La respuesta debe ser reforzar la Dirección del Trabajo y la Superintendencia de Seguridad Social con personal, presupuesto, plazos efectivos y debido proceso para todas las partes.
Desde la perspectiva de los trabajadores, modernizar significa proteger mejor, no dejar un vacío de cinco años. El Congreso debe escuchar a sindicatos, especialistas en salud laboral y organizaciones de mujeres antes de alterar una conquista construida frente a hechos graves de violencia laboral.
