Reglas de Uso de la Fuerza: proteger a la ciudadanía sin violar los derechos humanos
El Congreso terminó el 7 de octubre la tramitación de las Reglas del Uso de la Fuerza (RUF), pero al cierre de esta nota el proyecto aún no figuraba promulgado ni publicado en el Diario Oficial. Por tanto, no corresponde presentarlo como ley vigente.
La Cámara aprobó el informe de la Comisión Mixta por 111 votos a favor, 23 en contra y cinco abstenciones; horas después, el Senado hizo lo propio por 29 votos, 15 rechazos y una abstención. El texto del boletín 15.805-07 quedó en condiciones de ser promulgado y busca elevar a rango legal un marco común para policías y para las Fuerzas Armadas cuando cumplen funciones de orden público, protección de recintos militares o seguridad interior.
La propuesta ordena el uso de la fuerza desde el despliegue disuasivo y la persuasión verbal hasta elementos menos letales, control físico y fuerza potencialmente letal. También establece deberes de planificación, identificación, advertencia, gradualidad, auxilio, registro y reporte. La fuerza letal quedaría sujeta a que las etapas previas sean insuficientes, aunque el texto aprobado contempla hipótesis discutidas, entre ellas impedir una fuga, enfrentar resistencia o proteger infraestructura crítica bajo determinados riesgos.
El debate no fue menor. Sus defensores sostienen que el marco entrega certeza jurídica a funcionarios expuestos a decisiones rápidas y peligrosas. Sus críticos advirtieron que algunas fórmulas amplían demasiado la discrecionalidad, cuestionaron la eliminación de menciones expresas a la prohibición de la tortura y a la protección de niños, niñas y adolescentes —bajo el argumento de que ya existen otras normas— y formularon reserva de constitucionalidad.
Desde una perspectiva laboral y de derechos, ambas dimensiones deben caminar juntas. Policías, militares y conscriptos también son trabajadores: requieren formación continua, equipamiento adecuado, apoyo psicológico, mandos responsables y protocolos claros. Esa protección no puede convertirse en impunidad ni trasladar a quien está en la calle el costo de fallas institucionales. Una futura ley debe resguardar la vida de funcionarios y civiles, asegurar control externo efectivo e investigación independiente ante abusos. La seguridad pública no se fortalece debilitando derechos, sino evitando que la urgencia reemplace la rendición de cuentas.
